Esta reconocido a diversos niveles que el turismo, creciendo exponencialmente convirtiéndose en sobreturismo (problema global), sea “de naturaleza”, “eco”, “científico”, “de aventura”, “de conservación”, “de revancha”, “de- o re-forestación”, “del mal tiempo”, “de la última oportunidad”, deportivo o el “instraturismo”, constituye una amenaza para la naturaleza en todas sus formas. Uno de los principales objetivos de este proyecto jurídico es proteger la naturaleza ya dañada al nivel critico del estrés continuo, incluido de la explotación a través del desarrollo descontrolado del turismo de masas en la zona, que tiene un efecto acumulativo sinérgico con otras tensiones, conduciendo a la disneyzación de la naturaleza y la cultura. Desarrollandose en la ausencia de una gestión proactiva y una planificación a largo plazo.

Agravado por el hecho de que el derecho turístico, especialmente el turismo de naturaleza y de aventura,

no está enseñando y se cumple ad mínima en la zona. El proyecto y sus alrededores cercanos son un buen ejemplo.

Un objetivo del proyecto, entonces: restaurar el estado de derecho y protección eficaz en esta parte de la zona tampon de la reserva de biosfera de la UNESCO.


El lugar no fue adquirido para facilitar el acceso a un área regulado por el Estado: el sector  no habilitado

de la zona núcleo de la reserva de biosfera = el parque nacional Laguna San Rafael (PNLSR),

una acción por la cual cualquier persona, física o jurídica, sería legalmente responsable,

sino más bien para su protección y restauración porque fue severamente degradado y merecía una vida mejor,

centrándose en el decrecimiento sostenible y el derecho de la naturaleza a su propia vida.

El proyecto no apoya, ni está relacionado con ninguna asociación, grupo o actividad de turismo.

Las operaciones turísticas de ningún tipo no están permitidas dentro del proyecto.

I. El marco

1. El sector Leones (glaciar Leones y lago Leones) del Campo de Hielo Patagónico Norte,  como todos los glaciares y sus lagos del campo de hielo, está ubicado dentro del parque nacional LSR (ver mapa), un área bajo protección oficial legal del Estado (parque nacional), reserva de la biosfera de la UNESCO. En este sector no hay puntos de entrada públicos abiertos a este parque nacional, y por lo tanto al campo de hielo. El acceso a las áreas protegidas del Estado, como los parques nacionales, está regulado por Conaf. La única forma de visitar el PNLSR y el Campo de Hielo Norte es reservando entradas en un sector abierto del parque a través de la plataforma oficial aspticket.cl. No más de 1% o 2% del parques nacionales son habilitados al tránsito de personas.

Asuntos legales:

  1. -Verificaciones regulares, confirmadas con Conaf, en el sector Leones del Campo de Hielo Norte. Puede pagar las multas directamente a la gerencia del parque, o hay una oficina en Puerto Tranquilo.

  2. -El área está bajo vigilancia, drones y cámaras. Toda la información sobre el paso del turismo, ya sea individual o con operadores turísticos o guías, esta transmitida a los guardaparques del PNLSR, incluyendo matrículas de autos,

  motos y bicicletas. Patrullas ecológicas operando.

- La señaletica al turno del ruta 7 hacia los acceso intraprediales (no existe camino publico) dentro del valle Leones, ademas de infringir los derechos relativos a la propiedad de la población local, afecta de una manera arbitraria un área bajo protección legal del Estado (el Parque nacional) lo que constituye un acto presuntamente ilegal.

Un país de áreas protegidas sin protección.

  1. 2.No hay operadores turísticos o guías freelance permisionarios en el sector Leones del PNLSR, echo confirmado la autoridad administradora del PNLSR. Comuníquese con la administración del PNLSR para confirmar.

Asuntos legales:

  1. -Decreto N° 50 sobre concesiones, Ley 20.423 sobre el turismo y su reglamento decreto No. 19.        

  2. -Los actores locales de la industria del turismo han creado un problema mayor: pasando por alto la necesidad crítica de cumplir con todos los requisitos legales necesarios, implicando la responsabilidad colectiva de la industria del turismo por daño acumulativo de esta industria difusa.                                    Lista de verificación operadores.


3. Ruta terrestre del paso al sector Leones del PNLSR:

A partir del desvío de la Ruta CH-7 (Carretera Austral) en los accesos intraprediales en el valle Leones, el tránsito por el valle atraviesa exclusivamente predios rurales privados, de 15 a 20 parcelas rústicas agrícolas colindante con el PNLSR (fuente: mapas del Sii.cl). El carácter privado de este acceso (vía X-732 y sendero) fue certificado por la Dirección de Vialidad MOP de la región y al menos tres abogados locales. El intruso oportunista en terrenos privados por empresas ajenas o por otro transito, no transforma el acceso privado en una vía pública ni crea servidumbres de transito para el acceso público o a favor del parque nacional, sus establecimiento es un proceso específico definido por la ley por la autoridad habilitada. La ausencia de servidumbres y del acceso público esta confirmado en el plan de manejo del PNLSR.

Asuntos legales:

- Incumplimiento de los derechos relativos a la propiedad de los propietarios rurales locales;

- El letrero de “vía pública” verde al “Campo de hielo” y otros letreros similares que anuncian un acceso publico al área administrada y regulada por el Estado en el turno al valle Leones son, por lo tanto,  erróneos y tienen consecuencias legales. Estas constituyen desinformación y “publicidad engañosa” para los visitantes potenciales;

  1. -la Ley General de Urbanismo y Construcciones (art. 55-56) no permite abrir calles en áreas rurales;

  2. -La comercialización del uso de los predios rústicos y de las inversiones en estos por parte de la industria turística para su propio beneficio constituye, por tanto, la enajenación de uso y uso injustificado de la propiedad de terceros (res aliena) sin mandato para esto, y está sujeto a las respectivas acciones legales que litigan esta actividad, así como a las demandas de indemnización por el enriquecimiento injustificado resultante, indemnización de los daños y perjuicios de los propietarios afectados, restitución al único uso por los propietarios y indemnización en caso de la apropiación indebida del uso del terreno, al máximo - por el enriquecimiento ilícito;

  3. -Responsabilidad legal para facilitar y promover el acceso al sector no habilitado del parque nacional;

  4. -El principal (si no lo único) uso registrado de los terrenos en la zona es uso agrícola. La mencionada presión turística está imponiendo de una manera ilícita y de facto un cambio de uso de suelo para el uso “industrial”, la industria del turismo es una de las industrias más grandes del mundo.  ;

  5. -Cualquier actividad externa que utilice los recursos compartidos entre los propietarios rurales requerirá sus acuerdos, debidamente registrado legalmente, para usar sus respectivos predios;      

- Dado que el turismo de masas es un vector de patógenos, de Covid-19 entre otros, la responsabilidad especial en virtud de la ley nacional sobre la propagación de enfermedades puede ser invocada (Art. 318.bis código penal), así como el derecho de los propietarios a comprobar los peligros sanitarios que entran en sus propiedades ha sido infringido.

                                                                                     “Pasamos de la explotación maderera a la explotación turística”


4. Acciones y procedimientos civil: La persona, física o jurídica, que haya causado el daño debe indemnizarlo.

  1. A. La responsabilidad civil puede ser invocada y daños y perjuicios reclamados, de manera individual o colectiva:

1) En caso de pasaje no residencial, con tour operador, guía o solo, por los visitantes por daños:

i) A la vida o la salud, daños corporales;

ii) A la propiedad y otros daños materiales y pérdidas económicas, morales, agravio intencional, etc. resultante de la suposición legítima que está en un espacio público, pero, en efecto, esta en una propiedad privada, utilizando una acceso privado, esta ilusión atribuida a la publicidad desinformativa de terrenos privados para uso público y del acceso no autorizado a las áreas reguladas por el Estado mencionadas; por multas en el parque nacional y Campo de hielo; por no ser aceptado en las diferentes propiedades agrícolas y áreas silvestres protegidas; por falta de cobertura por seguros, ya sean personales o de los tour operadores o guías; por haber comprado un producto turístico corrompido; por falta de medios de comunicación; por falta de la cobertura de rescate; por ataques de cualquier tipo de animales; para cualquier otra problema de seguridad, etc.

2) En caso si los derechos de propiedad de los terrenos rústicos fueron afectados, por:

Apropiación y agotamiento de los recursos de los propietarios de predios agrícolas (ejemplo: daños causados por autos a la propiedad, como al camino), incluido por la depreciación del valor del terreno y indemnización por inversiones degradadas; así como por los daños resultantes del uso de la propiedad del  tercero para beneficio propio y por el tratamiento de terrenos privados como públicos, como la invasión turística y daños por fuego y otro provocados por turistas, la facilitación de venta de uso de terrenos privados, construcciones no solicitadas en terrenos privados y áreas naturales protegidas, daños en vías de acceso privado por vehículos pesados, acumulación de desechos, etc. Por daños a la reputación y violación del derecho a la imagen, falsificación de escrituras.

En caso de uso extensivo por parte de la industria turística: da lugar a reclamaciones de compensación por la venta del uso del terreno y su imagen, con dividendos, incluido las demandas por los beneficios de las operaciones y ahorros resultantes de este uso, también la restitución del uso de la propiedad (terreno) al único uso del propietario.


  1. B.Según el caso y tipo de daño la parte perjudicada deberá dirigirse a:

El origen de las instalaciones que proporcionan la información errónea como: Servicio vial comunal y/o el comité turístico ; la directiva de la AG Hielo Norte cuyas empresas turísticas promueven como propio el acceso al parque nacional; el operador turístico , guía o un emprendimiento de publicidad turística quien le han puesto, a sabiendas, en esta situación comprometedora; la fundación Rewilding si lo vio en el pasaporte de la Ruta de los Parques, promocionando entradas “no oficiales” en un Área Silvestre Protegida del Estado. Las demandas civiles pueden dirigirse también a cualquier empresa  detrás de la publicación con información falsa como el artículo de Ladera Sur; o a carretera-austral.cl (la agencia de marketing digital central); or la empresa de ropa Atakama outdoors, si lo vi aquí. O el blog de ciclismo que consultó.

Si es el resultado de la actividad en las redes sociales, contacta a los “influencers”: Daniel Torres destinopatagonia, Loca del cerro, Bianca Miranda turismo valle leones

III. En el Proyecto:

  1. Propiedad privada con rutas de acceso privadas intraprediales. El turismo no es bienvenido.

  2. Los propietarios no son responsables por facilitar la ilegalidad de la actuación de terceros en el PNLSR y propiedades privadas.

  3. El acceso está abierto solo para vecinos; tras las inundaciones de 2023, el cambio de curso del río Mapuche y trabajos de eliminación del camino y del sendero estos dejaron de existir y no serán restaurados.

  4. Reserva estricta de la naturaleza. Uso del suelo registrado: uso agrícola, en rehabilitación.

  5. Ninguna empresa turística tiene derechos en el proyecto, los turistas no son bienvenidos. Todos los datos sobre el transito turístico y otros eventos similares se transmiten a la administración del parque nacional de manera regular.

  6. La propiedad está monitoreada con cámaras de vigilancia y drones. Las imágenes son la propiedad de los terratenientes y pueden ser utilizadas a su juicio dentro de los límites de la ley.

  7. Los propietarios se reservan el derecho de transmitir los datos de su paso a las autoridades en caso de daños.

  8. Está prohibido el uso de cualquier dispositivo capaz de fotografiar o filmar, en particular con drones, sin acuerdo explícito de los propietarios o custodios del terreno, como en cualquier propiedad privada o parque nacional ( protección del derecho a la imagen); el proyecto se reserva el derecho de tomar las medidas legales necesarias en caso del incumplimiento de esta regla e de invocar la responsabilidad respectiva. Toda la filmación  activa de la vida silvestre activa esta prohibida.

  9. La propiedad no tiene colindancia con terrenos fiscales, solo con el parque nacional y otras propiedades.

  10. La señalización se realizó íntegramente con fondos personales, con fines de formación de los estudiantes de derecho.

  11. Toda sustracción de frutos, plantas o animales silvestres será perseguida por la ley.

  12. Debido a la proliferación de guías de cicloturismo con información falsa, la empresa Highlux es un buen ejemplo, el acceso a las bicicletas esta prohibido.

Los límites del parque nacional no son un tamiz.

El turismo es un gran fuente de las emisiones de gases de efecto invernadero

y aporte al cambio climático (inglés) .pdf

Impacto de caminar sobre el glaciar.

El turismo “sin rastro” es un señuelo, el rastro

principal es el viaje al lugar y nuestra mera presencia en la naturaleza.

 Los turistas raramente respetan los lugares que visitan

                                                                                                          Narcotráfico en parques nacionales


El “turismo sostenible” rápido sobre los glaciares que se derriten rápidamente en un área accesible

sólo por vía aérea o cruceros es un oxímoron.


Descargos de responsabilidad (disclaimers):                                                               

- El proyecto no esta y no puede ser asignado a la ZOIT regional Chelenko, a diferencia de lo que muestra su mapa, un gran zona del la industria turística implementada por empresas privadas, incluso en propiedades privadas sin consulta previa, en las 3 zonas requisitos de la reserva de biosfera y en las áreas silvestres protegidas, y que ya no fue sometida a una  evaluación de impacto ambiental como previsto en el reglamento actual de la SEIA para grandes proyectos turísticos. Tiene un potencial de indemnización en relación con los terrenos y intereses privados afectados.

  1. -El proyecto no tiene ninguna relación con el emprendimiento turístico “Ruta Leon”, sus guías ni con su camping Ventisquero Leon, al inicio del valle. De ninguna manera puede compartir la responsabilidad por cualquier iniciativa tomada por ellos o su personal. No tienen derecho para desarrollar ningún actividad en el proyecto y no puede ser representado por ellos, ni por personas jurídicas que presiden (referencia legal:  Guía legal sobre juntas de vecinos).  En caso de que cualquier autorización haya sido emitida por este negocio o cualquier otra empresa turística a nombre del proyecto o sus propiedades - estas constituirán falsificación y uso de documentos falsificados.

  2. -La empresa turística que ha sido la más activa en vender el uso del terreno y las inversiones de los terratenientes del valle, para acceder al área protegida estatal (Kalem Patagonia), según el seguimiento del paso de turistas, de ninguna manera esta asociada con este proyecto o se beneficia de cualquier autorización por su parte. Ana Anita Luisa Romero, Anita Romero Aguirre, Ruta Leon, @rutaleon, Franco Trinidad Rojas, Pascual y Anita Diaz, Roger Pascual Díaz Georgia, cabalgasur, turismo Kalem Patagonia, @kalem_patagonia, @cabalgasur, @montagna_patagonia, balloon aysen

  3. -Ningún relación a los Airbnb de la zona.                                       Airbnb y los influencers persiguen a los lugareños

  4. -Un programa de monitoreo legal especifico al sitio fue iniciada para abordar este punto muerto de la responsabilidad

   de los emprendimientos que afectan las áreas protegidas y la falta de respeto de la legislación vigente.      

El "crecimiento verde" no existe; menos de todo es la única forma de evitar una catástrofe

Viaje financiado por CIEP, National Geographic y Patagonia: “el hábitat que estoy explorando el humano no es bienvenido.

¿Cómo puedo evitar que el hombre no se meta aquí a destruirlo todo?”

El turismo es el segundo, después del cambio climático, causa del derretimiento de los glaciares  (SER, Islandia, septiembre de 2018)

La contaminación por carbono negro del turismo y de la investigación aumenta el deshielo antártico

El turismo científico como expediciones de investigación científica y evaluaciones

de biodiversidad generalmente presentan riesgos para el ecosistema que estudian.

II. Si, en homo turisticus consumeristicus, ya sean particular o empresa, decidió de todos modos pasar para ver los magros restos del trozo de hielo que solía ser un glaciar en un sector no habilitado del área protegida del Estado y ser testigo de la tragedia de la tierra destruida en el camino, puede ser responsable de:

  1.   Promover el predio para uso público y, por lo tanto, poner en riesgo un proyecto exitoso de la restauración de la naturaleza;

  2. Pasar sin autorización por tierras agrícolas privadas e incumplimiento de los derechos de los propietarios;

  3.   Puede incurrir en responsabilidad por ingresar a sectores controlados por el Estado no habilitados.

Y:

  1.   La responsabilidad por dejar basura, incluso en las propiedades privadas, puede ser de hasta $200.000 (Ley N°20.879);

  2. Riesgo alto y aumentando de los incendios forestales, no hay prevención o manejo de incendios en el valle, el uso del fuego

  esta prohibido, responsabilidad penal según Ley N. 20653;  Arriesgan hasta 20 años de cárcel

  1.   Es posible que no esté cubierto por los seguros de viaje y otros ya que,

   en sentido estricto, está invadiendo terrenos privados sin alguna autorización formal;

  1. No hay abogados especializándose en el turismo en la región,

   a diferencia de otros destinos turísticos populares;

  1. No hay ayuda médica o otra accesible en caso de accidente;

  2. Puede ser que esta arriesgando su vida;

  3. No olviden que esta tierra no está abandonada, están pasando por una reserva estricta de naturaleza, hogar de árboles,

  plantas y animales salvajes, por un cementerio de árboles, donde los huertos son reservados a la vida silvestre;

  1. Los servicios de alojamiento deben ser obligatoriamente registrados en Sernatur (Ley 20.423), los servicios de turismo de aventura deben cumplir con los estándares de seguridad (art. 34, decreto 19), multas importantes;

  2.   Contactos para informes: denunciaseguro.cl, tel. *4242; incendios forestales 130; PDI 134; drogas 135.

Aspectos legales del turismo local

Puede imaginarse este paisaje con 2 m de cobertura de suelo adicional en las colinas, bosque nativo antiguo y vida salvaje desconocida - la situación antes del ecocidio, hace solo 80 años

Si amamos la naturaleza, no la habríamos sometido a un estrés intenso

por nuestras visitas ocasionales, desechables y hedonistas para un "uso recreativo".

En 1993, EUROPARC publicó un informe innovador, “Amándolos hasta la muerte ”, en el que se pedía un turismo sostenible en las áreas protegidas de Europa, la situación empeora

  1. La pérdida de la naturaleza plantea riesgos para la economía y la salud humana

  el turismo no controlado está acentuando este riesgo;

Si pasa en un barco por el destruido del valle del río Delta/Leones, representativo de la situación en la región y el motivo del proyecto: naturaleza degradada críticamente y un ecosistema novedoso:

El ecoturismo y el turismo de la naturaleza, incluido de la fotografía, son factores

importantes de la mortalidad de animales salvajes por agotamiento y hambre.

2023