Se reconoce a diversos niveles que el turismo, creciendo exponencialmente convirtiéndose en sobreturismo (problema global), sea “de naturaleza”, “eco”, “científico”, “de aventura”, de caza, “de conservación”, “de revancha”, “de- o re-forestación”, “del mal tiempo”, “de la última oportunidad”, deportivo o el “instraturismo”, constituye una amenaza para la naturaleza en todas sus formas y medios. Uno de los principales objetivos de este proyecto jurídico es proteger la naturaleza ya dañada al nivel critico del estrés continuo, incluido de la explotación a través del desarrollo descontrolado del turismo de masas en la zona, que tiene un efecto acumulativo sinérgico con otras tensiones, conduciendo a la disneyzación de la naturaleza y la cultura. En la ausencia de una gestión proactiva y una planificación a largo plazo. Agravado por el hecho de que el derecho turístico, especialmente del turismo de naturaleza y de aventura, una rama del derecho desarrollada actualmente, no está enseñando y se cumple ad mínima en la zona.

El predio del proyecto y sus alrededores cercanos esta un buen ejemplo. Un objetivo del proyecto, entonces: restaurar el estado de derecho en esta parte de la zona tampon de la reserva de biosfera de la UNESCO.


El lugar no fue adquirido para facilitar el acceso a un área regulado por el Estado:  un sector cerrado

de la zona núcleo de la reserva de biosfera = el parque nacional Laguna San Rafael (PNLSR),

una acción por la cual cualquier persona, física o jurídica, sería legalmente responsable,

sino más bien para su protección y restauración porque fue severamente degradado y merecía una vida mejor,

centrándose en el decrecimiento sostenible y el derecho de la naturaleza a su propia vida.

El proyecto no apoya, ni está relacionado con ninguna asociación, grupo o actividad de turismo.

Las operaciones turísticas de ningún tipo no están permitidas dentro del proyecto.

I. El marco

1. El sector Leones (glaciar y lago) del Campo de Hielo Patagónico Norte,  como todos los glaciares y sus lagos de este campo de hielo, está ubicado en el PNLSN (ver mapa), reserva de la biosfera de la UNESCO. En este sector no hay puntos de entrada públicos abiertos a este parque nacional, y por lo tanto al campo de hielo. El acceso a las áreas protegidas del Estado, como los parques nacionales, está regulado por Conaf. La única forma de visitar el PNLSR y el Campo de Hielo Norte es reservando entradas en un sector abierto del parque a través de la plataforma oficial aspticket.cl. No más de 1% o 2% del parques nacionales son habilitados al tránsito de personas.

Asuntos legales:

  1. -Verificaciones regulares, confirmadas con Conaf, en el sector Leones

del Campo de Hielo Norte. Puede pagar las multas directamente a la

  gerencia del parque, o hay una oficina en Puerto Tranquilo.

  1. -El área está bajo vigilancia, drones y cámaras. Toda la información

  sobre el paso del turismo, ya sea individual o con operadores turísticos o

guías, se transmite a los guardaparques del PNLSR. Patrullas ecológicas operando.


  1. 2.No hay operadores turísticos o guías freelance permisionarios en el sector Leones del PNLSR, echo confirmado la autoridad administradora del PNLSR. Comuníquese con la administración del PNLSR para confirmar.

Asuntos legales:

  1. -Decreto N° 50 sobre concesiones, Ley 20.423 sobre el turismo y su reglamento decreto No. 19.        

  2. -Los actores locales de la industria del turismo han creado un problema mayor: pasando por alto la necesidad crítica de cumplir con todos los requisitos legales necesarios, implicando la responsabilidad colectiva de la industria del turismo por daño acumulativo de esta industria difusa.                Lista de verificación operadores.

3. Ruta terrestre del paso al sector Leones del PNLSR:

A partir del desvío de la Ruta CH-7 (Carretera Austral), el tránsito por el valle Leones (río Delta) atraviesa exclusivamente predios privados, de 15 a 20 parcelas rústicas agrícolas colindante con el PNLSR (fuente: mapas del Sii.cl). El carácter privado de este acceso (vía X-732 y sendero) fue certificado por la Dirección de Vialidad MOP de la región y al menos tres abogados locales. El intruso oportunista en terrenos privados por empresas ajenas o por otro transito, no transforma el acceso privado en una vía pública ni crea servidumbres de transito para el acceso público o a favor del parque nacional, sus establecimiento es un proceso específico definido por la ley por la autoridad habilitada. La ausencia de servidumbres y del acceso público esta confirmado en el plan de manejo del PNLSR.

Asuntos legales:

- Incumplimiento de los derechos de propiedad de los propietarios rurales, no-reconocimiento del derecho de propiedad;

- El letrero de “vía pública” verde al “Campo de hielo” y otros letreros similares que anuncian un acceso lícito al área administrada por el Estado en el turno al valle son, por lo tanto,  erróneos y tienen consecuencias legales. Estas constituyen desinformación y “publicidad engañosa” para los visitantes potenciales;

  1. -la Ley General de Urbanismo y Construcciones (art. 55-56) no permite abrir calles en áreas rurales;

  2. -La comercialización del uso de los predios rústicos y de las inversiones en estos por parte de la industria turística para su propio beneficio constituye, por tanto, la enajenación de uso y uso injustificado de la propiedad de terceros (res aliena) sin mandato para esto, y está sujeto a las respectivas acciones legales que litigan esta actividad, así como a las demandas de indemnización por el enriquecimiento injustificado resultante, indemnización de los daños y perjuicios de los propietarios afectados, restitución al único uso por los propietarios y indemnización en caso de la apropiación indebida del uso del terreno, al máximo - por el enriquecimiento ilícito;

  3. -Responsabilidad legal para facilitar y promover el acceso de un punto de entrada no abierto a un parque nacional;

  4. -El principal (si no lo único) uso registrado de los terrenos en la zona es uso agrícola. La mencionada presión turística está imponiendo de una manera ilícita y de facto un cambio de uso de suelo para el uso “industrial”, la industria del turismo es una de las industrias más grandes del mundo.  ;

  5. -Cualquier actividad externa que utilice los recursos compartidos entre los propietarios rurales requerirá sus acuerdos, debidamente registrado legalmente, para usar sus respectivos predios;      

- Dado que el turismo de masas es un vector importante de patógenos, de Covid-19 entre otros, la responsabilidad especial en virtud de la ley nacional sobre la propagación de enfermedades puede ser invocada (Art. 318.bis código penal), así como el derecho de los propietarios a comprobar los peligros sanitarios que entran en sus propiedades ha sido infringido.

                                                                                                   “Pasamos de la explotación maderera a la explotación turística”

4. Acciones y procedimientos civil: La persona, física o jurídica, que haya causado el daño debe indemnizarlo.

  1. A. La responsabilidad civil puede ser invocada y daños y perjuicios reclamados, de manera individual o colectiva:

  2. a)En caso de pasaje no residencial, con tour operador, guía o solo, por los visitantes por daños:

físicos, morales, a la propiedad,  agravio intencional, etc. resultante de la suposición legítima que está en un espacio público, pero, en efecto, esta en una propiedad privada, utilizando una acceso privado, esta ilusión atribuida a la publicidad desinformativa de terrenos privados para uso público y del acceso no autorizado a las áreas reguladas por el Estado mencionadas; por multas en el parque nacional y Campo de hielo; por no ser aceptado en las diferentes propiedades agrícolas y áreas silvestres protegidas; por falta de cobertura por seguros, ya sean personales o de los tour operadores o guías; por haber comprado un producto turístico corrompido; por falta de medios de comunicación; por falta de la cobertura de rescate; por ataques de cualquier tipo de animales; para cualquier otra problema de seguridad, etc.

b) En caso si los derechos de propiedad de los terrenos rústicos fueron afectados, por:

Apropiación y agotamiento de los recursos de los propietarios de predios agrícolas (ejemplo: daños causados por autos a la propiedad, como al camino), incluido por la depreciación del valor del terreno y indemnización por inversiones degradadas; así como por los daños resultantes del uso de la propiedad del  tercero para beneficio propio y por el tratamiento de terrenos privados como públicos, como la invasión turística y daños por fuego y otro provocados por turistas, la facilitación de venta de uso de terrenos privados, construcciones no solicitadas en terrenos privados y áreas naturales protegidas, daños en vías de acceso privado por vehículos pesados, acumulación de desechos, etc. Por daños a la reputación y violación del derecho a la imagen, falsificación de escrituras.

En caso de uso extensivo por parte de la industria turística: da lugar a reclamaciones de compensación por la venta del uso del terreno y su imagen, con dividendos, incluido las demandas por los beneficios de las operaciones y ahorros resultantes de este uso, también la restitución del uso de la propiedad (terreno) al único uso del propietario.


  1. B.Según el caso y tipo de daño la parte perjudicada deberá dirigirse a:

El origen de las instalaciones que proporcionan la información errónea como: Servicio vial comunal y/o el comité turístico ; el operador turístico , guía o un emprendimiento de publicidad turística quien le han puesto, a sabiendas, en esta situación comprometedora; a la fundación Rewilding si lo vio en el pasaporte de la Ruta de los Parques. Es un misterio porqué un negocio de turismo, promocionando entradas “no oficiales” en un Área Silvestre Protegida del Estado no se aseguró de que se cumplieran todos los requisitos legales. Las demandas legales por todo lo anterior pueden dirigirse también a cualquier fuente de una publicación con información falsa como el artículo de Ladera Sur; o a carretera-austral.cl, la agencia de marketing digital central; or la empresa de ropa Atakama, si lo vi aquí. O el blog de ciclismo que consultó. Si es el resultado del caso de promoción a continuación, comuníquese con los "influencers".

III. En el Proyecto:

  1. Propiedad privada con rutas de acceso privadas intraprediales. El turismo no es bienvenido.

  2. Los propietarios no pueden ser responsabilizados por facilitar la ilegalidad de la actuación de terceros en la PNLSR y en las propiedades privadas.

  3. El acceso está abierto solo para vecinos; Tras las inundaciones de 2023, el cambio de curso del río Mapuche y trabajo de eliminación el camino y el sendero dejaron de existir y no serán restaurados.

  4. Reserva estricta de la naturaleza. Uso del suelo registrado: uso agrícola, en rehabilitación.

  5. Ninguna empresa turística tiene derechos en el proyecto, los turistas no son bienvenidos. Todos los datos sobre el transito turístico y otros eventos similares se transmiten a la administración del parque nacional de manera regular.

  6. La propiedad está monitoreada con cámaras de vigilancia y drones. Las imágenes son la propiedad de los terratenientes y pueden ser utilizadas a su juicio dentro de los límites de la ley.

  7. Los propietarios se reservan el derecho de transmitir los datos de su paso a las autoridades legales en caso de daños.

  8. Está prohibido el uso de cualquier dispositivo capaz de fotografiar o filmar, en particular con drones, sin acuerdo explícito de los propietarios o custodios del terreno, como en cualquier propiedad privada o parque nacional ( protección del derecho a la imagen); el proyecto se reserva el derecho de tomar las medidas legales necesarias en caso del incumplimiento de esta regla e de invocar la responsabilidad respectiva.

  9. La propiedad no tiene colindancia con terrenos fiscales, solo con el parque nacional y otras propiedades.

  10. La señalización se realizó íntegramente con fondos personales, con fines de formación de los estudiantes de derecho.

  11. Toda sustracción de frutos, plantas o animales silvestres será perseguida por la ley.

  12. Debido a la proliferación de guías de cicloturismo, la empresa Highlux es un buen ejemplo, el acceso a las bicicletas esta prohibido; Los bloggers ciclistas que obtienen ingresos de sus viajes no los comparten con las zonas rurales que utilizan.

Los límites del parque nacional no son un tamiz.

El turismo es un gran fuente de las emisiones de gases de efecto invernadero

y aporte al cambio climático (inglés) .pdf

Impacto de caminar sobre el glaciar.

El turismo “sin rastro” es un señuelo, el rastro

principal es el viaje al lugar y nuestra mera presencia en la naturaleza.

 Los turistas raramente respetan los lugares que visitan

                                                                                                          Narcotráfico en parques nacionales

El “turismo sostenible” sobre los glaciares que se derriten rápidamente en un área accesible

sólo por via aérea o cruceros es un oxímoron.


Descargos de responsabilidad (disclaimers):                                                               

- El proyecto no esta y no puede ser asignado a la ZOIT regional Chelenko, a diferencia de lo que muestra su mapa, un gran zona del la industria turística implementada por empresas privadas, incluso en propiedades privadas sin consulta previa, en las 3 zonas requisitos de la reserva de biosfera y en las áreas silvestres protegidas, y que ya no fue sometida a una  evaluación de impacto ambiental como previsto en el reglamento actual de la SEIA para grandes proyectos turísticos. Tiene un potencial de compensación y reparación por los terrenos e intereses privados afectados.

  1. -El proyecto no tiene ninguna relación con el emprendimiento turístico “Ruta Leon”, sus guías ni con su camping Ventisquero Leon, ambos al inicio del valle. De ninguna manera puede compartir la responsabilidad por cualquier iniciativa tomada por ellos o su personal (ver a continuación). No tiene derecho para desarrollar ningún actividad en el proyecto. No puede ser representado por ellos, ni por personas jurídicas que presiden (referencia legal:  Guía legal sobre juntas de vecinos).  En caso de que cualquier autorización haya sido emitida por este negocio o cualquier otra empresa turística a nombre del proyecto o sus propiedades - estas constituirán falsificación y uso de documentos falsificados.

  2. -La empresa turística que ha sido la más activa en vender el uso del terreno y las inversiones de los terratenientes del valle, para acceder al área protegida estatal (Kalem), según el seguimiento del paso de turistas, de ninguna manera esta asociada con este proyecto o se beneficia de cualquier autorización por su parte. Ana Anita Luisa Romero, Anita Romero Aguirre, Ruta Leon, @rutaleon, Franco Trinidad Rojas, Pascual y Anita Diaz, Roger Pascual Díaz Georgia, cabalgasur, turismo Kalem Patagonia, @kalem_patagonia, @cabalgasur, @montagna_patagonia, balloon aysen

  3. -Ningún relación a los refugios / Airbnb "valle Leones”.                                       Airbnb y los influencers persiguen a los lugareños

  4. -Un programa de monitoreo legal especifico al sitio fue iniciada para abordar este punto muerto de la responsabilidad

   de los emprendimientos que afectan las áreas protegidas y la falta de respeto de la legislación vigente.      

El "crecimiento verde" no existe; menos de todo es la única forma de evitar una catástrofe

Viaje financiado por CIEP, National Geographic y Patagonia: “el hábitat que estoy explorando el humano no es bienvenido.

¿Cómo puedo evitar que el hombre no se meta aquí a destruirlo todo?”

El turismo es el segundo, después del cambio climático, causa del derretimiento

de los glaciares (Conferencia SER, Islandia, septiembre de 2018)

La contaminación por carbono negro del turismo y de la investigación aumenta el deshielo antártico

El turismo científico como expediciones de investigación científica y evaluaciones

de biodiversidad generalmente presentan riesgos para el ecosistema que estudian.

II. Si, en homo turisticus consumeristicus, ya sean particulares o empresas, decidió de todos modos pasar para ver los magros restos del trozo de hielo que solía ser un glaciar en un sector no habilitado del parque nacional y ser testigo de la tragedia de la tierra destruida en el camino, puede ser responsable de:

  1.   Promover el predio para uso público y, por lo tanto, poner en riesgo un proyecto exitoso de restauración de la naturaleza;

  2. Pasar sin autorización por tierras agrícolas privadas e incumplimiento de los derechos de los propietarios;

  3.   Contratar negocios turísticos (operadores, guías, alojamiento, navegación, etc.), no adecuadamente registrados en Sernatur u operar sin las concesiones u otros permisos y licencias necesarias (véase más arriba);

  4.   Puede incurrir en responsabilidad por ingresar a sectores controlados por el Estado no habilitados;

  5.   La responsabilidad por dejar basura, incluso en las propiedades privadas, puede ser de hasta $200.000 (Ley N°20.879);

  6. Riesgo alto y aumentando de los incendios forestales, no hay prevención o manejo de incendios en el valle, el uso del fuego

  esta prohibido, responsabilidad penal según Ley N. 20653;                     Arriesgan hasta 20 años de cárcel

  1.   Es posible que no esté cubierto por los seguros de viaje y otros ya que, en sentido estricto,

   está invadiendo terrenos privados sin alguna autorización formal;

  1. No hay abogados especializándose en el turismo en la región, a diferencia de otros destinos turísticos populares;

  2.   No hay ayuda médica o otra accesible en caso de accidente;

  3. No olviden que esta tierra no está abandonada, están pasando por una reserva estricta de naturaleza, hogar de árboles,

  plantas y animales salvajes, por un cementerio de árboles, donde los huertos son reservados a la vida silvestre;

  1. Contactos: denunciaseguro.cl, *4242; incendios forestales 130; PDI 134; drogas 135;

  2. Los servicios de alojamiento y turismo deben ser obligatoriamente registrados en Sernatur (Ley 20.423), los servicios de turismo de aventura deben cumplir con los estándares de seguridad (art. 34, decreto 19), multas importantes.

Aspectos legales del turismo local

Puede imaginarse este paisaje con 2 m de cobertura de suelo adicional en las colinas, bosque nativo antiguo y vida salvaje desconocida - la situación antes del ecocidio, hace solo 80 años

Si amamos la naturaleza, no la habríamos sometido a un estrés intenso

por nuestras visitas ocasionales, desechables y hedonistas para un "uso recreativo".

En 1993, EUROPARC publicó un informe innovador, “Amándolos hasta la muerte ”, en el que se pedía un turismo sostenible en las áreas protegidas de Europa, la situación empeora

  1. La pérdida de la naturaleza plantea riesgos para la economía y la salud humana

  el turismo no controlado está acentuando este riesgo;

Si pasa en un barco por el destruido del valle del río Delta/Leones, representativo de la situación en la región y el motivo del proyecto: naturaleza degradada críticamente y un ecosistema novedoso:

El ecoturismo y el turismo de la naturaleza, incluido de la fotografía, son factores

importantes de la mortalidad de animales salvajes por agotamiento y hambre.

2023

El punto de inflexión: caso ilustrativo de efectos nocivos de las campañas de autopromoción

en las redes sociales para áreas protegidas de la naturaleza, con consecuencias jurídico-legales:

“influencers” (“una persona con la capacidad de influir en los compradores potenciales de un producto o servicio al promocionar o recomendar los artículos en las redes sociales”) y un operador turístico organizaron en el lago un riesgoso "desafío" promocional de natación en agua helada. En el parque nacional cerrado en ese momento (23.01.2021) por la resolución de Conaf regional 57/2020. Con poca atención prestada a las reglas de seguridad para tales "desafíos". En medio de la pandemia, sin respetar ningún protocolo Covid vigente. Sin comunicación del lago con registro de accidentes mortales.

El equipo de televisión de TVN acompañante, que filmaba el evento, hizo la filmación en propiedades privadas sin ningún contacto ni autorización de los propietarios.  El “evento” en el lago, que no tiene acceso público habilitado ni cobertura de rescate profesional, fue y continúa (ver más abajo) siendo promovida en las redes sociales y en los medios de comunicación (primera transmisión: TVN 10 de julio de 2021), incluido la publicación de información inadecuada sobre el sector.


Cuestiones jurídico-legales, demandas civil por daños: Tita Ureta , Barbara hernandez nadadora, @barbarellah , @barbarehlla_h

  1. Lo obvio: El equipo de filmación estaba filmando en evidente contravención a las normas básicas para filmaciones profesionales/comerciales de la legislación sobre servicios audiovisuales y la ley audiovisual.

  2. Promociones comerciales fueron grabadas en terrenos privados, sin contacto ni autorización de los propietarios.

  3. El producto de la filmación y el valor de los esfuerzos de mantener un lugar de naturaleza preservado fue vendido a través de la productora, se plantearon cuestiones de uso fraudulento de la propiedad de terceros y de disponer de su propiedad en contra de su voluntad, en los procedimientos de derecho civil. ¿Cómo se reembolsará el usufructo a los propietarios?

  4. Cuestiones de pago de reparaciones y compensación a los terratenientes agraviados por los ingresos resultantes de filmaciones y publicidad; las pérdidas para los terratenientes privados y los agricultores pueden ser calculados en términos monetarios, problemas de enriquecimiento injustificado. Posible demanda por las ganancias de la película.

  5. Cuestiones de derechos de autor: la imagen de la propiedad de terceros fue vendida bajo presuntos derechos de autor propios (de los “influencers” y del tour operador). Cuestiones de licencia comercial: ¿bajo qué licencia se negoció el uso de la propiedad?

  6. Cuestiones fiscales: Cuestión general de la fiscalidad de los “influencers”, por los beneficios obtenidos, incluidos los patrocinios. No se firmó ningún contrato entre los terratenientes y los “influencers” y el operador turístico, ¿quién pagó los impuestos?

  7. Publicidad engañosa: información falsa sobre el destino turístico.

  8.   Los mensajes comerciales en las redes sociales deberán marcarse como anuncios comerciales.

  9. Cuarentena en la región: Código Penal, Artículo 318 bis, “El que, en tiempo de pandemia, epidemia o contagio, genere, a sabiendas, riesgo de propagación de agentes patológicos con infracción de una orden de la autoridad sanitaria, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo, y multa de veinticinco a doscientas cincuenta unidades tributarias mensuales.”

  10. La publicidad de este evento promocional inaceptable y el rodaje ilícito, que resultó en un caso legal, continúa.

La huella socioecológica del evento:

  1. El valor de la tierra hasta ahora preservada, los esfuerzos conjuntos para proteger la naturaleza del valle y su imagen fueron exportados y vendidos a y por jugadores en el mercado extraños a estos esfuerzos, a través del típico ecoblanqueo. Servicios ecosistémicos no fueron compensados a la comunidad rural.

  2. Una de las zonas del rodaje está especialmente protegida por su frágil biodiversidad, en peligro ahora.

  3. Aumento del estrés antrópico por el interés del turismo de masas y el tránsito hacia el sector no habilitado del parque nacional a través de terrenos rurales privados.

  4. Los pequeños terratenientes agrícolas del valle ven sus derechos y intereses ignorados, sus recursos comunales explotados. Las reparaciones del camino realizadas anteriormente del camino utilizado por la comunidad son eliminados para evitar más eventos de este tipo.

  5. Para el proyecto de protección de la naturaleza: los esfuerzos sustanciales desplegados para dar a la naturaleza y la vida silvestre aún vulnerables la oportunidad de regenerarse son comprometidos por la exposición, la falta de respeto y el uso indebido de sus recursos.

  6. Probablemente comprometiendo el status de reserva de la biosfera, la puesta en escena de “influencers” no figura como herramienta de gestión en el plan de gestión del PNLSR.    

Reservas de entradas en www.aspticket.cl

Si visitas un Area Protegida del Estado, debes registrarte al ingreso del recinto con los guardaparques en oficinas de Conaf.